Octubre ha empezado con muchas novedades que afectan
directa o indirectamente a tu vivienda, para bien y para mal. Empezamos
con las malas noticias: vuelve a subir la luz.
Pero como no todo tiene porqué ser negativo también se han aprobado
nuevas ayudas para la reforma de viviendas en comunidades de vecinos, el denominado Programa PAREER. ¿Aún no sabes en qué consiste? Nosotros te lo contamos punto por punto.
El pasado 1 de octubre se estrenaba el Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios
existentes del sector residencial y que se conoce como Programa PAREER.
Lo gestiona el IDAE y a través de él, hacer esas reformas que tienes
pendientes para tu casa, puede salirte mucho más barato.
Lo primero que debes tener en cuenta es que dentro de este programa
hay diferentes modalidades de ayudas en función de la o las reformas que
vayas a realizar. Y para poder acceder a esta subvención deberás
demostrar que con estos cambios tu vivienda aumentará su eficiencia
global como mínimo en una letra, con el correspondiente certificado energético de edificios (por ejemplo, pasar de B a A).
¿Cuáles son las opciones que incluye y qué tipos de ayuda?
Podrás acogerte siempre que tus actuaciones se encuentren dentro de las siguientes:
1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
Esta mejora se ayudará bajo la modalidad combinada de entrega dineraria
sin contraprestación y préstamo reembolsable, entendiendo este último
en todos los casos con un tipo de interés: Euribor + 0,0% y un plazo de
amortización de los préstamos de 12 años.
2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación. Para este tipo la ayuda se hará bajo la modalidad de préstamo reembolsable.
3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas. También se procederá a través de la modalidad de préstamo reembolsable.
4. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas. La ayuda se hará bajo la modalidad de préstamo reembolsable.
Beneficiarios
Podrán beneficiarse de estas ayudas: todas las personas físicas y jurídicas propietarias de edificios de uso residencial, es decir, de uso hotelero y de uso vivienda; las comunidades de propietarios
o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios
residenciales de uso vivienda; así como los propietarios de viviendas
unifamiliares o los propietarios únicos de edificios de viviendas que no
tengan el título constitutivo de propiedad horizontal. También pueden
acogerse empresas de servicios energéticos.
¿Hasta cuándo puedo acogerme?
El plazo para que presentes la solicitud estará activo desde el pasado día 1 hasta el próximo 30 de octubre de 2015 o hasta que se agoten los fondos disponibles (125.000.000€ estando
destinados para cada una de los tipos de actuación 31.250.000€). Más
información sobre el procedimiento a seguir para acogerse al Programa
PAREER aquí.
Es decir, entre otros, tanto arreglos en fachadas, sustitución de
calderas, o instalación de paneles pueden estar incluidos en esta
subvención siempre que favorezcan el ahorro energético y cumpla con el
resto de requisitos. Y te recordamos que en varias Comunidades Autónomas
siguen activos diversos Planes Renove que también son una opción muy recomendable para ahorrarte un dinerito si tienes que cambiar las ventanas, calderas…
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