PLAN RENOVE VENTANAS 2015 |
Dirigido a: Personas físicas propietarias, usufructurarias o arrendatarias de una vivienda de ocupación habitual ubicada en la Comunitat Valenciana. | ||
Fecha presentación solicitudes: | Desde el 10 de febrero de 2015 hasta el 30 de junio de 2015 |
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La adhesión de los instaladores y empresas instaladoras finalizará el 29 de mayo de 2015. |
* A continuación se describen brevemente las características principales de este programa de ayudas, si bien la información que se considerará como oficial a todos los efectos será la publicada en la RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2014, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas del Plan Renove de Ventanas 2015 , destinadas a la rehabilitación térmica de ventanas en viviendas de la Comunitat Valenciana.
Objetivo |
El objetivo de esta medida es facilitar la rehabilitación térmica de ventanas y puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco) en viviendas habituales de la Comunitat Valenciana.
Beneficiarios |
Podrán ser beneficiarias las personas físicas propietarias, usufructurarias o arrendatarias de una vivienda de ocupación habitual ubicada en la Comunitat Valenciana.
Actuaciones apoyables |
La renovación de ventanas y puertas-ventana (acristalamiento, marco y
premarco) en viviendas que cumplan con las siguientes especificaciones
técnicas:
Las renovaciones tienen que tener como destino final su instalación dentro el territorio de la Comunitat Valenciana.
No se considerará actuación susceptible de ayuda:
- Las ventanas y puertas ventana deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda (que separen los recintos o estancias calefactados o refrigerados del ambiente exterior), no siendo objeto de subvención la reforma de superficies acristaladas ubicadas en los cerramientos interiores.
- Los acristalamientos a sustituir deberán ser de acristalamiento simple.
- Las nuevas ventanas deberán contar con marcado CE.
- Las nuevas ventanas tendrán una permeabilidad al aire ≤ 27 m3/h•m2 a 100 Pa (Clase 2 o superior) según norma UNE-EN 12207
- Las características térmicas de las nuevas ventanas y puertas ventana deberán ser dependiendo de la clasificación de poblaciones recogidas en el Anexo I, las detalladas en la siguiente tabla:
Las renovaciones tienen que tener como destino final su instalación dentro el territorio de la Comunitat Valenciana.
No se considerará actuación susceptible de ayuda:
- Renovaciones de ventanas y puertas-ventana que conlleven a un aumento de la superficie acristalada en más de un 25%.
- Los cerramientos acristalados que se coloquen o renueven con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías, o amplie la superficie habitable de la vivienda, ya que estos suponen una modificación y no una rehabilitación térmica del edificio.
- La renovación de ventanas o puertas-ventana interiores ubicados en cerramientos en contacto con espacios habitables.
- La renovación de los marcos o acristalamientos únicamente
- La instalación o renovación de persianas, dispositivos de lamas, toldos, “films” o “screens” de protección solar
- Se considerarán sólo proyectos cuya inversión sea superior a 1.000 €, IVA no incluido.
- No podrán acogerse a las presentes ayudas las inversiones realizadas con anterioridad a la fecha de inicio de la campaña.
Tipo de ayuda |
La cuantía de la ayuda individual, aportada por el IVACE, será como
máximo de 75 €/m2 para renovaciones completas de las ventanas o
puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco).
La aportación del comercio o empresa instaladora adherida, consistirá en un descuento en la factura (antes de aplicar IVA) de 15 €/m2 en el momento de la instalación.
La cuantía de la ayuda para la adquisición de los diferentes elementos (acristalamiento, marco, premarco e instalación), no podrá suponer en ningún caso una reducción del precio del mismo superior al 30% del coste del acristalamiento, marco, premarco y montaje (IVA incluido), por lo que se deberá reducir en su caso la cuantía de la ayuda hasta dicho límite.
Asimismo la cuantía de ayuda máxima será de 3.000 € por vivienda en el que se sustituyan las ventanas.
La aportación del comercio o empresa instaladora adherida, consistirá en un descuento en la factura (antes de aplicar IVA) de 15 €/m2 en el momento de la instalación.
La cuantía de la ayuda para la adquisición de los diferentes elementos (acristalamiento, marco, premarco e instalación), no podrá suponer en ningún caso una reducción del precio del mismo superior al 30% del coste del acristalamiento, marco, premarco y montaje (IVA incluido), por lo que se deberá reducir en su caso la cuantía de la ayuda hasta dicho límite.
Asimismo la cuantía de ayuda máxima será de 3.000 € por vivienda en el que se sustituyan las ventanas.
Plazos |
Plazo para realizar la renovación:
La fecha de inicio de la campaña será el 10 de febrero de 2015 y finalizará el 30 de junio de 2015, o en el momento de agotamiento del presupuesto asignado a esta convocatoria.
Procedimiento |
- Los comercios o empresas instaladoras que quieran participar en la campaña del Plan Renove de Ventanas 2015, deberán adherirse a la misma cumpliendo los compromisos establecidos la convocatoria de ayudas, y remitiendo a la dirección de correo ventanas@planrenovegva.es la correspondiente ficha de adhesión debidamente cumplimentada, adjuntando los documentos que se indican en ella, según modelo normalizado disponible en esta misma página (véase "Documentación anexa", en el marco lateral derecho) y en la oficina de campaña.
- Una vez el beneficiario decida llevar a cabo la renovación de las ventanas y/o puertas-ventana, se pondrá en contacto con un comercio o empresa instaladora adherida a la campaña. La oficina de campaña podrá informarle sobre cuáles son los comercios o empresas instaladoras adheridas a la misma.
- El comercio o empresa instaladora solicitará a la oficina de campaña, previo a la renovación de las ventanas y/o puertas-ventana, una solicitud o número de bono, que será único para cada instalación, facilitando los datos relativos al titular de dicha instalación y al comercio o empresa instaladora. El plazo durante el cual quedará activo dicho número de bono será de dos meses desde la fecha que se solicite a la oficina de campaña. Pasados estos 2 meses el IVACE anulará automáticamente el número de bono si no se ha presentado la documentación exigida en la convocatoria de ayudas.
- El comercio o empresa instaladora adherida procederá a rellenar por triplicado el bono de ayuda, disponible en la página web del IVACE y en la oficina de campaña. Una vez cumplimentado correctamente, el bono deberá ser firmado por el comprador y el comercio o empresa instaladora, quedándose el beneficiario con una copia como justificante de la sustitución realizada.
- A continuación se llevará a cabo la sustitución de las ventanas y/o puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco) por parte del comercio o empresa instaladora adherida a la campaña del Plan Renove de Ventanas 2015.
- Una vez realizada la actuación objeto de ayuda, el comercio o empresa instaladora descontará de la base imponible de la factura, la parte correspondiente a su aportación, es decir le aplicará al beneficiario un descuento de 15 €/m2
- Una vez finalizada completamente la actuación objeto de ayuda (incluido el pago total de la renovación con el descuento), el comercio o empresa instaladora tramitará en nombre del beneficiario la solicitud de ayuda dirigida al IVACE. Para ello el comercio o empresa instaladora deberá aportar a la oficina de campaña la documentación que se indica en la convocatoria de ayudas.
- La oficina de campaña evaluará la documentación recibida y el IVACE emitirá resolución de concesión de ayudas.
- El IVACE enviará notificación de forma individualizada a cada solicitante, informándole de la concesión o denegación de la ayuda y, en su caso, de la cuantía de la misma.
- Una vez notificada la ayuda, el IVACE realizará el pago de la ayuda que corresponda en la cuenta bancaria que el beneficiario haya indicado en la documentación presentada en el bono de ayudas.
Comercios o Empresas instaladoras: adhesiones |
Los comercios o empresas instaladoras interesadas en participar en la campaña de ayudas RENOVE deberán remitir a la dirección de correo: ventanas@planrenovegva.es la correspondiente ficha de adhesión debidamente cumplimentada según modelo normalizado disponible en esta misma página (véase "Documentación anexa", en el marco lateral derecho) y en la oficina de campaña, así como de la documentación adjunta que se especifique en la ficha de adhesión.
La adhesión de los comercios y empresas instaladoras comenzará al día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y finalizará el 29 de mayo de 2015.
El listado de los comercios y empresas instaladoras adheridas se publicará en la página web informativa de los Planes Renove que promueve el IVACE y se encontrará disponible en la oficina de campaña.
Fuente Pública: Guardian Sun
Reedita: Eurofinestra.com
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